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Alertan por riesgo para proyectos de energía y piden suspender garantías de subasta 2029-2030
Sector: Energía / Confiabilidad eléctrica y regulación
El senador Juan Espinal pidió al Ministerio de Minas y Energía evaluar la suspensión temporal del hito asociado a la entrega de garantías de cumplimiento de la Subasta del Cargo por Confiabilidad 2029-2030, al advertir que las reglas actuales podrían poner en riesgo proyectos clave para la confiabilidad futura del sistema eléctrico nacional.
Bogotá D.C., agosto de 2026. La discusión sobre la confiabilidad eléctrica futura de Colombia sumó un nuevo frente regulatorio. El senador Juan Espinal pidió al Ministerio de Minas y Energía evaluar la suspensión temporal del hito relacionado con la entrega de garantías de cumplimiento de la Subasta del Cargo por Confiabilidad 2029-2030.
La solicitud fue dirigida a la ministra María Nohemí Arboleda y advierte que las condiciones actuales podrían generar un riesgo innecesario de pérdida o afectación de proyectos de generación considerados estratégicos para la seguridad, suficiencia y confiabilidad del suministro eléctrico futuro del país.
La petición está relacionada con la Subasta de Asignación de Obligaciones de Energía Firme, prevista para cubrir el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2029 y el 30 de noviembre de 2030.
Este mecanismo busca asegurar nueva capacidad de generación y respaldar la atención de la demanda en escenarios críticos. Por esa razón, las garantías exigidas a los proyectos adjudicados cumplen un papel central dentro del proceso, pues buscan asegurar que las iniciativas avancen hasta su construcción y entrada en operación.
El hito de garantías vence el 6 de agosto de 2026
Según el cronograma vigente, el 6 de agosto de 2026 fue establecido como fecha límite para la entrega de contratos de combustible o garantías de cumplimiento asociadas a la subasta.
La preocupación del senador no cuestiona la necesidad de mantener una cobertura efectiva para proteger el sistema. El punto central es que las reglas actuales podrían impedir el uso de instrumentos financieros que cumplen materialmente con los requisitos regulatorios y que podrían respaldar adecuadamente la construcción de nuevos proyectos.
En otras palabras, Espinal plantea que el regulador debería revisar si la exigencia actual puede estar dejando por fuera mecanismos financieros eficaces por razones formales, aun cuando estos tengan capacidad real de responder ante incumplimientos.
Proyectos de generación podrían quedar comprometidos
La alerta se concentra en el posible impacto sobre proyectos de generación que resultan relevantes para la confiabilidad eléctrica nacional hacia finales de la década.
En el sector eléctrico, los proyectos requieren largos periodos de desarrollo, licenciamiento, conexión, estructuración financiera, adquisición de equipos, construcción y pruebas. Si una iniciativa se pierde por una barrera financiera o por una interpretación rígida del tipo de garantía aceptada, el sistema podría quedarse sin capacidad futura necesaria.
Por eso, la solicitud busca evitar que las condiciones financieras terminen afectando proyectos que pueden contribuir a la seguridad energética, especialmente en un contexto de crecimiento de demanda, retrasos de infraestructura y necesidad de nueva energía firme.
Piden revisar Garantías a Primer Requerimiento
El senador propone que se estudie la utilización de las Garantías a Primer Requerimiento, conocidas como GPR, como una alternativa dentro del proceso.
Estos instrumentos podrían ser evaluados regulatoriamente cuando incorporen condiciones como irrevocabilidad, incondicionalidad, exigibilidad a primer requerimiento, suficiencia y efectividad.
La idea es que el beneficiario cuente con una cobertura adecuada frente a las obligaciones asumidas por los proyectos, sin que la discusión se limite a la denominación jurídica del instrumento financiero.
Neutralidad frente al instrumento financiero
La comunicación pide que la evaluación se realice bajo un criterio de neutralidad respecto del instrumento financiero. Esto significa dar prioridad a la efectividad real de la cobertura y a la protección del sistema, antes que a la forma específica del mecanismo utilizado.
Bajo esta lógica, una garantía debería ser aceptable si cumple los principios regulatorios, ofrece respaldo suficiente y puede ejecutarse de manera efectiva cuando corresponda.
Para el sector, este enfoque podría ayudar a preservar proyectos relevantes sin debilitar la cobertura que exige el Cargo por Confiabilidad.
ASIC podría presentar nuevas modalidades ante la CREG
La petición se apoya en el parágrafo del artículo 4 del Reglamento de Garantías adoptado mediante la Resolución CREG 061 de 2007.
Esa disposición permite que el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) presente a consideración de la CREG nuevas modalidades de garantías o mecanismos alternativos que surjan en el mercado, siempre que cumplan los principios establecidos dentro de la regulación aplicable.
Por eso, Espinal solicita que el ASIC presente formalmente ante la CREG las GPR que cumplan con los principios y condiciones del Reglamento de Garantías, para que la Comisión evalúe si pueden servir como mecanismo de cobertura para los proyectos relacionados con la subasta.
Cargo por Confiabilidad: respaldo para escenarios críticos
El Cargo por Confiabilidad es uno de los mecanismos centrales del mercado eléctrico colombiano. Su propósito es asegurar que existan plantas disponibles para atender la demanda cuando el sistema enfrente condiciones críticas, como sequías, baja hidrología, alta demanda o restricciones operativas.
A través de las Obligaciones de Energía Firme, los generadores se comprometen a contar con capacidad disponible para respaldar al sistema en momentos de escasez.
Las garantías permiten proteger a la demanda frente al riesgo de que un proyecto adjudicado no cumpla sus compromisos. Sin embargo, el debate actual plantea si el sistema puede aceptar instrumentos financieros alternativos que ofrezcan protección equivalente.
Subasta 2029-2030 y señales de inversión
La subasta 2029-2030 es relevante porque busca preparar al sistema eléctrico para un periodo en el que Colombia necesitará nueva capacidad firme. La demanda crecerá, varios proyectos de generación y transmisión enfrentan retrasos, y el país deberá contar con suficiente respaldo para evitar riesgos de abastecimiento.
En este contexto, las reglas de la subasta no solo tienen efectos regulatorios, sino también financieros. Bancos, aseguradoras, inversionistas y desarrolladores observan las condiciones de garantías para determinar si los proyectos son financiables.
Si los instrumentos exigidos no se ajustan a los tiempos y prácticas del mercado financiero, algunos proyectos podrían enfrentar dificultades para cerrar financiación o mantener sus compromisos dentro del cronograma.
La CREG ya había ampliado plazos
La discusión sobre garantías no es nueva dentro de este proceso. En mayo de 2026, la CREG amplió en 35 días hábiles los plazos pendientes de la subasta del Cargo por Confiabilidad para el periodo 2029-2030, luego de que agentes del sector y el Ministerio de Minas y Energía advirtieran dificultades para obtener garantías financieras internacionales.
Esa decisión confirmó que los instrumentos de garantía son uno de los puntos más sensibles del proceso, especialmente por los tiempos de debida diligencia, los requisitos bancarios y las condiciones de financiación de proyectos de generación.
La nueva solicitud de suspensión temporal mantiene ese debate abierto: cómo asegurar garantías suficientes sin poner en riesgo proyectos que el sistema podría necesitar para su confiabilidad.
Equilibrio entre rigor regulatorio y viabilidad
El reto para la CREG, el ASIC y el Ministerio de Minas y Energía será encontrar un equilibrio entre el rigor regulatorio y la viabilidad financiera de los proyectos.
Una garantía débil podría dejar al sistema expuesto ante incumplimientos. Pero una garantía excesivamente rígida o poco compatible con el mercado financiero podría excluir proyectos serios que cuentan con respaldo económico real.
Por eso, la evaluación de las GPR debería considerar criterios como entidad emisora, exigibilidad, suficiencia del monto, independencia de la obligación garantizada, condiciones de ejecución y protección efectiva para la demanda.
Suspensión temporal, no eliminación del requisito
La solicitud plantea una suspensión temporal del hito, no la eliminación de las garantías. Esto significa que los proyectos seguirían obligados a respaldar sus compromisos, pero se abriría un espacio para evaluar instrumentos alternativos.
Una suspensión permitiría que el ASIC presente formalmente las Garantías a Primer Requerimiento ante la CREG y que la Comisión defina si estos instrumentos cumplen los principios regulatorios necesarios.
El objetivo es evitar decisiones irreversibles que puedan sacar del proceso proyectos relevantes para la confiabilidad, mientras se revisa si existen mecanismos financieros igualmente efectivos.
Riesgo para la confiabilidad futura
El fondo de la discusión es la confiabilidad futura del sistema eléctrico colombiano. Si se afectan proyectos de generación adjudicados o en desarrollo, el país podría contar con menos capacidad disponible para atender la demanda en el periodo 2029-2030.
Este riesgo es especialmente importante porque Colombia enfrenta señales de estrechez energética, retrasos en la entrada de proyectos, presión sobre redes de transmisión y mayor exposición a eventos climáticos como El Niño.
Por esa razón, Espinal pidió que la evaluación dé prioridad a la protección del sistema y a la efectividad real de la cobertura, evitando que la forma del instrumento financiero comprometa proyectos necesarios.
Lo que debería decidir el regulador
La CREG deberá evaluar si las GPR cumplen los principios del Reglamento de Garantías y si pueden ofrecer una cobertura equivalente a otros instrumentos ya reconocidos.
También tendrá que considerar la igualdad entre participantes, la seguridad jurídica de quienes ya presentaron garantías, los tiempos del proceso, los riesgos para la demanda y los efectos sobre la entrada de nueva capacidad.
La decisión tendrá impacto sobre proyectos, inversionistas, bancos, generadores y usuarios, porque define qué instrumentos financieros pueden respaldar obligaciones de energía firme hacia el final de la década.
Una discusión clave para el mercado eléctrico
El debate sobre garantías muestra que la confiabilidad eléctrica no depende solo de construir plantas o convocar subastas. También depende de que las reglas financieras, regulatorias y operativas permitan que los proyectos lleguen efectivamente a operación.
Las garantías deben proteger al sistema, pero también deben ser compatibles con la realidad del mercado financiero. Si ese equilibrio falla, el país puede perder capacidad futura o asumir mayores riesgos de incumplimiento.
Por eso, la solicitud del senador Juan Espinal abre una discusión relevante sobre cómo blindar la subasta 2029-2030 sin afectar proyectos que podrían ser esenciales para la seguridad energética nacional.
La petición de suspender temporalmente el hito de garantías de la subasta 2029-2030 busca dar espacio a una revisión regulatoria de las Garantías a Primer Requerimiento. El objetivo es que la CREG evalúe si estos instrumentos pueden ofrecer una cobertura efectiva para los proyectos adjudicados, evitando que condiciones financieras terminen comprometiendo iniciativas clave para la confiabilidad eléctrica futura del país.

