Foto tomada de: Portafolio
Gobierno habilita infraestructuras de importación para garantizar suministro de gas y electricidad
Sector: Energía
Nuevas medidas buscan fortalecer la seguridad energética del país mediante el uso flexible de gas importado y sustitución por GLP.
Bogotá D.C., marzo de 2026. El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Minas y Energía, expidió la Resolución 40163 del 18 de marzo de 2026, con la cual habilita de manera transitoria el uso de infraestructuras de importación de gas natural para garantizar el suministro energético en el país.
La medida busca responder a una posible situación de estrechez en el suministro, permitiendo que los generadores térmicos participen como vendedores en el mercado secundario para aumentar la oferta de gas natural.
Regulación del uso de infraestructura de regasificación
La normativa establece que los generadores térmicos podrán comercializar gas importado mediante contratos denominados CGNIGT, los cuales deberán contar con respaldo físico y cumplir condiciones técnicas y operativas definidas por el Ministerio.
Estos contratos se integran al mercado como una modalidad adicional, permitiendo mayor flexibilidad en la distribución del gas cuando no se requiera para la generación eléctrica, aunque siempre priorizando la demanda energética definida por el Centro Nacional de Despacho (CND).
En términos de remuneración, se aplicará una fórmula de Ingreso Regulado (IR), que ajusta los pagos según el volumen de gas comercializado en el mercado secundario, siendo el ASIC el encargado de realizar las liquidaciones correspondientes.
Sustitución por GLP y mayor oferta de gas
La resolución también permite que las plantas térmicas sustituyan el gas natural por Gas Licuado de Petróleo (GLP) importado, cuando sea viable técnica y económicamente, con el fin de liberar mayor cantidad de gas natural para el mercado.
Esta medida se extiende a otros sectores industriales, siempre que no genere incrementos en las tarifas para los usuarios, contribuyendo a mantener la estabilidad del sistema energético.
Actualmente, el país consume cerca de 67.000 toneladas mensuales de GLP, de las cuales el 47% es importado, lo que facilita la implementación de esta estrategia.
Medidas transitorias y seguridad jurídica
El Gobierno justificó estas acciones bajo la necesidad de garantizar la continuidad de un servicio público esencial, permitiendo excepciones regulatorias mientras se estabiliza el mercado.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tendrá un plazo de seis meses para definir la reglamentación definitiva, incluyendo posibles mecanismos como intercambios de gas o “swaps” para optimizar el sistema de transporte.
A pesar de su carácter temporal, la resolución garantiza la validez de los contratos suscritos bajo este esquema hasta su finalización, brindando seguridad jurídica a los agentes del mercado.
Estas medidas refuerzan la estrategia del Gobierno para asegurar el abastecimiento energético, mitigar riesgos de desabastecimiento y mantener la confiabilidad del sistema eléctrico en Colombia.

