Corte Constitucional suspende decreto que imponía sobretasa a generadores de energía en Colombia

Publicado por Japs Equipos Electricos

Fuente: Portafolio

Publicado el: 2026-02-06

Categoria: Noticia Nacional

Corte Constitucional suspende decreto de sobretasa a generadores de energía

Foto tomada de: Portafolio

Corte Constitucional suspende efectos de decreto que fijaba una sobretasa a los generadores de energía

Sector: Energía / Regulación

El alto tribunal dejó sin efectos el Decreto Legislativo 0044 de 2026, que introducía nuevos tributos a la generación de energía eléctrica en el país.

La Corte Constitucional anunció la suspensión inmediata de los efectos del Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, expedido en el marco del estado de emergencia económica y social, mediante el cual se imponía una sobretasa a los generadores de energía eléctrica en Colombia.

De acuerdo con lo señalado por el alto tribunal en el Auto 082 del 29 de enero de 2026, el decreto no producirá efectos a partir de esa fecha y quedará suspendido hasta que la Sala Plena emita una decisión definitiva sobre su constitucionalidad.

“Como consecuencia de lo decidido en el Auto 082 del 29 de enero de 2026, no producirá efectos el Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, por el cual se adoptan medidas para propender por la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica”, precisó la Corte Constitucional.

Expertos del sector habían advertido que la medida podía generar serias afectaciones a la estabilidad financiera del sistema energético y debilitar la credibilidad del marco institucional, especialmente en un contexto donde la seguridad jurídica resulta clave para atraer inversión.

¿Qué buscaba el decreto suspendido?

La normativa creaba una contribución parafiscal destinada a fortalecer el Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con el objetivo de garantizar la continuidad, calidad, cobertura y sostenibilidad del servicio público de energía eléctrica.

La base gravable estaba constituida por la utilidad antes de impuestos de la vigencia 2025, determinada a partir de los estados financieros reportados al Sistema Único de Información (SUI). La contribución propuesta era del 2,5% sobre dicha base.

El esquema de pago contemplaba dos desembolsos: un primer pago del 1,25% realizado el 2 de febrero de 2026, calculado con base en los estados financieros de 2024, y un segundo pago del 1,25% programado para el 15 de mayo de 2026, tras la presentación de los estados financieros definitivos de 2025.

Reacciones del sector energético

Tras la decisión de la Corte Constitucional, Natalia Gutiérrez, presidenta de Acolgen y del Consejo Gremial, afirmó que el sector respeta y acata las decisiones del alto tribunal, resaltando que la suspensión reafirma el Estado de Derecho.

“La suspensión del Decreto 0044 ratifica un principio esencial: las medidas que afectan sectores estratégicos como el energético deben adoptarse con rigor constitucional, técnico y jurídico, y no mediante atajos normativos”, señaló la dirigente gremial.

Gutiérrez reiteró el llamado a que los desafíos del sector se aborden a través de las vías institucionales ordinarias, con diálogo técnico, planeación y reglas claras que garanticen un sistema energético confiable y sostenible.

Finalmente, destacó que la seguridad jurídica es una condición básica para garantizar inversión, confiabilidad del sistema, sostenibilidad financiera y protección efectiva de los usuarios, advirtiendo que sin reglas claras y estables, el sistema energético se debilita.

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